viernes, 26 de junio de 2015

Proyecto de Ley: Sociedad Solidaria

Es un proyecto de ley alternativo al de Unión Civil. Se da entre dos personas mayores de edad que hacen vida en común con la finalidad de asistirse, apoyarse y que originen derechos patrimoniales y otros que la ley señala. Además, no altera el estado civil ni la relación de parentesco de sus integrantes (hermanos, primos, etc.) y no distingue a ninguna persona de diferente orientación o convicción sexual. Asimismo, solo se puede constituir mediante escritura pública.
A su vez, esta sociedad se puede extinguir por muerte, ausencia, mutuo acuerdo o decisión unilateral de cualquiera de sus integrantes expresadas con la formalidad y los plazos que establece la ley. No obstante, se dé la posibilidad de derechos sucesorios similares a la unión de hecho, se dará siempre y cuando hayan pasado por lo menos dos años desde la inscripción de esta. En caso de tener parentesco por consanguinidad o afinidad se le pondrá en condición de heredero forzoso.
En cuanto a las disposiciones complementarias, solo se daría una única modificación en el artículo 2030 del Código Civil.

Por otro parte, la congresista a través de las entrevistas que ha otorgado a diferentes medios de comunicación nos expresa que personalmente ella no tiene problemas con la homosexualidad, pero refiere que hay un tabú en la sociedad peruana respecto al tema. Por ello, cree que la comunidad gay, son solo excepcionalidades de la sociedad. Además, considera que la familia debe ser una institución natural y no alterada, ya que su proyecto está referido a que las personas de un mismo sexo vivan en un mismo hogar más no a adoptar hijos porque ellos requieren de una figura tanto paterna como materna.

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