Es un
proyecto de ley alternativo al de Unión Civil. Se da entre dos personas mayores
de edad que hacen vida en común con la finalidad de asistirse, apoyarse y que
originen derechos patrimoniales y otros que la ley señala. Además, no altera el
estado civil ni la relación de parentesco de sus integrantes (hermanos, primos,
etc.) y no distingue a ninguna persona de diferente orientación o convicción
sexual. Asimismo, solo se puede constituir mediante escritura pública.
A su vez,
esta sociedad se puede extinguir por muerte, ausencia, mutuo acuerdo o decisión
unilateral de cualquiera de sus integrantes expresadas con la formalidad y los
plazos que establece la ley. No obstante, se dé la posibilidad de derechos
sucesorios similares a la unión de hecho, se dará siempre y cuando hayan pasado
por lo menos dos años desde la inscripción de esta. En caso de tener parentesco
por consanguinidad o afinidad se le pondrá en condición de heredero forzoso.
En cuanto
a las disposiciones complementarias, solo se daría una única modificación en el
artículo 2030 del Código Civil.
Por otro
parte, la congresista a través de las entrevistas que ha otorgado a diferentes
medios de comunicación nos expresa que personalmente ella no tiene problemas con
la homosexualidad, pero refiere que hay un tabú en la sociedad peruana respecto
al tema. Por ello, cree que la comunidad gay, son solo excepcionalidades de la
sociedad. Además, considera que la familia debe ser una institución natural y
no alterada, ya que su proyecto está referido a que las personas de un mismo
sexo vivan en un mismo hogar más no a adoptar hijos porque ellos requieren de
una figura tanto paterna como materna.
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